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Incrementan los incentivos fiscales a las donaciones

Incrementan los incentivos fiscales a las donaciones

La reforma fiscal aprobada por el Congreso y ya publicada en el BOE, entró en vigor el pasado 1 de enero. Esta reforma supone una modificación en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

¿Qué supone esta reforma para los donantes?

Esto significa que aquellas personas físicas que hagan donaciones a lo largo de 2015, se podrán deducir el 50% de los primeros 150 euros donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 27,5%, frente al 25% actual, o al 32,5 % si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. Es decir, por cada 100 € donados, se le devolverán 50 € al donante físico. A partir de 2016, estas deducciones incrementarán al 75%, al 30% o al 35%, respectivamente.

Para las sociedades, la deducción actual del 35% se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Para el 2015 este porcentaje será del 37,5%.

Aunque la desgravación fiscal no se encuentra entre los principales motivos por los cuales los donantes deciden colaborar con una entidad sin ánimo de lucro, es sin duda una buena noticia que incentiva la colaboración de la sociedad en causas sociales y que ayuda a los actuales donantes a mantener su compromiso en estos momentos de dificultades económicas.