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Información fiscal. Deducción y desgravación de donaciones

Información fiscal. Deducción y desgravación de donaciones

Acabamos de entrar en 2016 y con ello se incrementan los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se hagan. La reforma fiscal aprobada por el Congreso y publicada en el BOE, entró en vigor el 1 de enero de 2015. Una modificación en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Desgravación fiscal donaciones hechas en 2016

Aquellas personas que hagan donaciones a lo largo de este año 2016, se deducirán el 75% de los primeros 150 € donados. A partir de ahí, la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros tres años (o más) seguidos.

Para las sociedades, se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años, con un límite del 10% de la base liquidable.

Desgravación fiscal donaciones hechas en 2015

Si durante el 2015 hiciste una donación por un importe igual o menor a 150€, este 2016, podrás deducirte hasta el 50% de la donación que realizaste durante 2015. A partir de esa cantidad, 150€, los porcentajes variarán dependiendo de tu vinculación con la ONG. Así, por ejemplo:

Si eres socio:

  • La cantidad que dones por encima de 150,01€ tendrá una la deducción del 27,5%.
  • Si en los dos años anteriores, 2013 y 2014, ya donabas a CODESPA y en 2015 haces una aportación por un importe igual o superior a lo que venías aportando, podrás deducirte un 32,5% desde esos primeros 150,01€.

Si no eres socio:

  • Podrás deducirte el 50% de los primeros 150 euros y a partir de ese importe, la deducción será del 27,5%.

Esto puede suponer un aliciente para que las personas puedan involucrarse y comprometerse con entidades sin ánimo de lucro, en estos momentos de dificultades económicas para muchas personas.