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¿Conoces las deducciones fiscales por donativos a ONG?

Al realizar una donación a una ONG, además de apoyar una causa solidaria, puedes deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración. Esto es aplicable tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), si eres particular, como en el Impuesto de Sociedades (IS), si eres empresa. Para ello, debes contar con un certificado fiscal emitido por la ONG.

 

Desde el 1 de enero de 2024, estas deducciones se aplican a los donativos realizados a CODESPA y a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.  

 

Deducciones para particulares

Desde 2024, de los primeros 250€ que donas, podrás deducirte el 80%. A partir de ese importe, la deducción será del 40% adicional o del 45% si llevas más de 2 años colaborando con nosotros con un importe igual.

  • Deducción del 80% para los primeros 250€ donados.
  • A partir de 250€, te deduces el 40%.
  • Si se trata de donaciones periódicas durante al menos dos años, a la misma entidad por un importe igual o superior, te deduces el 45%.

Ejemplo:

Donación: 300 euros al año (25€ al mes)

Primeros 2 años:

  • Deducción primeros 250€: 250€ x 80% = 200€
  • Deducción cantidad restante: 50€ x 40% = 20€
  • Deducción anual: 200€ + 20€ = 220€
  • Coste real de la donación: 80€ (6,7€ al mes)

A partir del tercer año:

  • Deducción primeros 250€: 250€ x 80% = 200€
  • Deducción cantidad restante: 50€ x 45% = 23€
  • Deducción anual: 200€ + 23€ = 223€
  • Coste real de la donación: 78€ (6,5€ al mes)

 

Deducciones para empresas

Si eres persona jurídica, podrás desgravarte el 40% y si llevas más de 2 años colaborando con CODESPA te desgravas el 50%.

  • Deducción del 40% (con el límite del 15% de la base imponible).
  • La deducción pasa al 50%, siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.

 

Más información en Fundación Lealtad.

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